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BIEN JURÍDICO TUTELADO EN LOS DELITOS AMBIENTALES

BIEN JURÍDICO TUTELADO EN LOS DELITOS AMBIENTALES

Existen múltiples posturas para definir en materia ambiental cuál es el bien jurídicamente tutelado, en el Derecho debemos remitirnos a la Constitución, por lo que es necesario interpretar que persona tiene derecho a un medio ambiente sano. En esta línea, el bien jurídico protegido por todos los delitos ambientales, sería precisamente el medio ambiente, si bien, como también hemos advertido, la protección se efectuaría a través de los elementos u objetos medioambientales más significativos.

Algunos sectores del pensamiento jurídico actual se orientan a la protección de bienes jurídicos universales,
supraindividuales, indeterminados o de contenido difuso, por lo cual resulta difícil identificar
la afectación o el efecto lesivo a una persona o personas concretas. El instrumento más utilizado para proteger estos nuevos bienes jurídicos, es el de los delitos de peligro abstracto, al estimarse inaceptable esperar a que se
le produzcan efectivas lesiones a la salud pública –o al medio ambiente, según el caso– para castigar este tipo de conductas, cuya trascendencia social se estima insoslayable, dados los efectos que tienen.

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